Las Comunidades Autónomas que han asumido competencias de desarrollo legislativo y ejecución en seguros privados, a través de las dependencias de los distintos gobiernos autónomos son las que se indican a continuación:
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Andalucía: Orden de la Consejería de Economía y Hacienda por la que se determina la fecha de prestación efectiva por la Consejería de las competencias que, en materia de mediación en seguros privados, corresponden a la Comunidad Autónoma de Andalucía. Consejería de Economía y Hacienda.
Consejería de Economía y Hacienda.
Dirección General de Tesorería y Política Financiera.
Edificio Torre Triana, 6, pral.
41092 Sevilla.
Teléfono: 95 506 50 00
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Aragón: Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón y Real Decreto 494/1997, de 14 de abril, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de mediadores de seguros.
Departamento de Economía, Industria y Empleo
Dirección General de Economía
Paseo Mará Agustín, 36 (Edificio Pignatelli)
Puerta 7, Planta 2ª - 50004 ZARAGOZA
Teléfono: 976-71 46 71
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Asturias: Ley Orgánica 1/1999, de 5 de enero, de reforma de la Ley Orgánica 7/1981, de Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias. (B.O.E. 8.1.1999) y Real Decreto 2086/1999, de 30 de diciembre sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado al Principado de Asturias en materia de mediadores de seguros (B.O.E. del 8 de enero de 2000). Decreto 10/2001 de 25 de enero por el que se regula la actividad de los mediadores de seguros en el Principado de Asturias (BOPA nº 33 de 9-02-2001)
Consejería De Hacienda
Dirección General de Finanzas y Hacienda.
Calle Coronel Aranda, nº 2.
33005 OVIEDO.
Teléfono: 98 510 53 85
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Canarias: Ley Orgánica 4/1996, de 30 de diciembre de reforma de la Ley Orgánica 10/1982, de Estatuto de Autonomía de Canarias y Real Decreto 40/1.999, de 15 de enero, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de mediadores de seguros, (B.O.E. de 29.1.99 ).
Consejería De Economía, Hacienda y Comercio
Dirección General del Tesoro y Política Financiera.
Calle Tomás Miller, 38, 3ª.
35007 LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Teléfono: 92 830 30 10
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Cantabria: Ley Orgánica 11/1998, de 30 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 8/1981, de Estatuto de Autonomía de Cantabria. (B.O.E. 31.12.1998).
Consejería de Economía y Hacienda
Dirección General de Comercio y Política Financiera.
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Castilla La Mancha: Ley Orgánica 3/1997, de 3 de julio, de reforma de la Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, de Estatuto de Autonomía de Castilla- La Mancha y Real Decreto 1842/1999, de 3 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de mediadores de seguros.
Vicepresidencia y Consejería de Economía y Hacienda.
Dirección General de Política Financiera y Tesorería.
C/ Real, 14. 45002 TOLEDO. Teléfono: 925 26 65 00
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Castilla y León: Ley Orgánica 4/1999, de 8 de enero, de reforma de la Ley Orgánica 4/1983, de Estatuto de Autonomía de Castilla y León. (B.O.E. 9.1.1999).
Consejería de Economía y Hacienda.
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Cataluña: Decreto 127/2008, de 1 de julio, de regulación de las competencias de la Generalitat en materia de mediación en seguros y reaseguros privados (Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña nº 5165-03.07.2008).
Generalitat de Catalunya
Departament d'Economia i Coneixement
Direcció General de Política Financera, Assegurances i Tresor
Subdirecció General d'Entitats Asseguradores i mediadors
Passeig de Gràcia, 19 7a. planta
E-08007 Barcelona
Tlf: +34 93 316 20 00
Fax: +34 93 552 81 99
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Extremadura: Ley Orgánica 12/1.999, de 6 de mayo, de reforma de la Ley Orgánica 1/1.983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de Extremadura.
Consejería de Economía, Industria y Comercio.
Dirección General de Patrimonio y Política Financiera.
Teléfono: 92 400 53 56 Fax: 92 400 54 60
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Galicia: Ley Orgánica 6/1999, de 6 de abril, de transferencia de competencias a la Comunidad Autónoma de Galicia (B.O.E. de 8.4.1999) y Real Decreto 1748/1.999, de 19 de noviembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de mediadores de seguros, (B.O.E. de 9.12.99 ).
Consellería De Economía E Facenda.
D.X. de Política Financeira e Tesouro.
Edificio Administrativo San Caetano, 3
15771 SANTIAGO DE COMPOSTELA.
Teléfono: 98 154 51 52
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Illes Balears:
Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (B.O.E de 01.03.2007) y Real Decreto 1.000/1.999, de 11 de junio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de mediadores de seguros, (B.O.E. de 30.6.99)
Conselleria d'Economia, Hisenda i Innovació
Direcció general del Tresor i Politica Financera
c/ Palau Reial 17
07001 PALMA
Teléfono: 971-177107
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Madrid: Ley Orgánica 5/1998, de 7 de julio, de reforma de la Ley Orgánica 3/1983, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid. (B.O.E. 8.7.1998) y Real Decreto 1841/1.999, de 3 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Madrid en materia de mediadores de seguros, (B.O.E. de 28.12.99 ).
Consejería de Trabajo.
D.G. de Trabajo.
Calle Princesa 5, 2ª planta
28008 MADRID.
Teléfono: 91 580 43 92
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Navarra: Decreto Foral 621/1996, de 11 de noviembre, por el que se desarrollan determinadas competencias en materia de Mediación en el Seguro Privado. (Boletín Oficial de Navarra de 22 de Noviembre de 1996) y Real Decreto 814/1.999, de 14 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra en materia de mediadores de seguros, (B.O.E. 9.6.99).
Departamento De Economía y Hacienda.
Sección de Política Financiera.
Carlos III, 4 – nivel 3
31002 PAMPLONA
Teléfono 848 42 53 63
Fax 848 42 74 89
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La Rioja: Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, reformada por las Leyes Orgánicas 3/1994, de 24 de marzo, y 2/1999, de 7 de enero y Real Decreto 1847/2000, de 10 de noviembre sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de la Rioja en materia de mediadores de seguros.
Consejería De Hacienda y Economía.
Dirección General de Economía y Presupuestos.
C/ Portales, nº 71, 3ª Planta. 26071 LOGROÑO
Teléfono: 94 129 11 28
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País Vasco: Real Decreto 559/1998, de 2 de abril, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de mediadores de Seguros (B.O.E. 7.5.1998).
Departamento De Hacienda Y Administración Pública.
Dirección Financiera.
Calle Duque de Wellington, 2.
01010 VITORIA.
Teléfono 94 518 80 00
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Valencia: Decreto 139/1996, de 16 de julio, por el que se regulan las competencias que en materia de mediación en seguros privados corresponden a la Generalidad Valenciana (Diario Oficial de la Generalidad Valenciana de 25 de julio de 1996); Decreto 301/1997, de 16 de diciembre, del Gobierno Valenciano, por el que se establecen las normas en materia de mediación en seguros privados (Diario Oficial de la Generalidad Valenciana de 1 de febrero de 1998) y Real Decreto 847/1.999, de 21 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma Valenciana en materia de mediadores de seguros, (B.O.E. de 9.6.99 ).
Conselleria d'Economia Sostenible, Sectors Productius, Comerç i Treball.
Direcció General d´Economia, Emprenedoria i Cooperativisme.
Unidad de Mediación en Seguros Privados.
Ciutat Administrativa 9 d'Octubre - Torre 2. C/ Castán Tobeñas,77.
46018 VALENCIA.
Teléfono: 963 866 000 (012 para llamadas desde dentro de la Comunitat Valenciana)