En relación con su composición se establece:
Estará presidida con carácter rotatorio y semestral por el Director General de Seguros y Fondos de Pensiones y el Secretario General Técnico del Ministerio de Justicia, ostentando la Vicepresidencia la persona de las anteriores a la que no le corresponda asumir la presidencia en el semestre correspondiente.
Participarán las asociaciones de víctimas y las entidades aseguradoras, con igual número de miembros entre ellas. Estará integrada por doce vocales, que serán nombrados por un plazo de cuatro años renovable cuantas veces se considere necesario:
- Dos vocales en representación de las víctimas de accidentes de tráfico.
- Dos vocales en representación de las entidades aseguradoras.
- Un vocal abogado experto en responsabilidad civil y seguros.
- Un vocal actuario de seguros profesor de universidad con título de doctor.
- Un vocal entre los catedráticos de derecho civil.
- Dos vocales a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
- Un vocal a propuesta de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Justicia.
- Un vocal a propuesta del Consorcio de Compensación de Seguros.
- El Director General de Relaciones con la Administración de Justicia del Ministerio de Justicia.